Las personas excluidas y las persoas no exentas de la realización de la prueba de conocimientos de la lengua gallega dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, para enmendar, de ser el caso, el defecto que motivó la exclusión o la no exención de la prueba de conocimientos de la lengua gallega.
Asimismo, las personas aspirantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos dispondrán del mismo plazo con el objeto de formular reclamación.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no enmienden los defectos que motivaron a su exclusión serán excluidos definitivamente.
Plazo de subsanación: del 22 de marzo al 4 de abril ambos incluídos