Plan anual de entranamiento reglamentario para la seguridad en el manejo de las armas (1 semstre)

Código: 251018
Número de la edición: 1
Horas lectivas: 500
Plazas: 0
Modalidad: Presencial
Fecha inicio - fin: 17/03/2025 - 30/05/2025
Lugar: Estrada, A (Pontevedra)
Localización: AGASP
Objetivos:
– Facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.4 de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales.

– Disponer de personal actualizado en las prácticas de armamento y tiro policial de defensa.

– Controlar la práctica anual y reglamentaria de la plantilla, mediante un control y una cartilla de tiro individual.

– Establecer distintos niveles para categorías de tirador, según la seguridad y habilidad que demuestre en el manejo de las armas.
Contenido:
– Los días 17, 18, 20, 21, 24, 25, 27, 28 y 31 de marzo de 2025.

– Los días 1, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 21, 22, 24, 25, 28, 29 y 30 de abril de 2025.

– Los días 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de mayo de 2025.
Personas destinatarias:
- Corpos de Policía Local
Destinatarios específicos:
La actividad va dirigida a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan interés en cumplir con lo dispuesto en el artículo 11.4 de la Ley 4/2007, relativo a garantizar una adecuada preparación en el uso del arma reglamentaria para el personal de los cuerpos de policía local.

A tal fin, la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública establece un plan anual de entrenamiento, en el cual se incluyen dos prácticas anuales para el personal de los ayuntamientos interesados.
Solicitudes:
Los ayuntamientos interesados deberán remitir el formulario que está en la página web https://agasp.xunta.gal/es a la Academia Gallega de Seguridad Pública, antes del día 10 de marzo de 2025.

Las solicitudes deberán presentarse a través del correo electrónico formacion.agasp@xunta.gal, indicando en el asunto: Plan de tiro 2025, o bien a través del registro electrónico.

Las solicitudes deberán estar autorizadas por la Alcaldía, concejalía o jefatura, según proceda.

Todos aquellos ayuntamientos que hayan adquirido recientemente armas reglamentarias para la policía local tendrán preferencia para efectuar las prácticas reglamentarias, indispensables para un mejor conocimiento de la nueva arma y la adquisición de la destreza suficiente para su manejo con la seguridad y habilidad necesarias.